Se inicia el plan renove de electrodomésticos

La RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2008, de la Agencia Valenciana de la
Energía, por la que se convocan ayudas del Plan Renove de
Electrodomésticos, destinadas a la compra de electrodomésticos de alta
eficiencia energética, establece la bases de la convocatoria que se enmarcan dentro del Plan de Acción de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España 2008-2012.
COVACO-Confederación de Comerciantes y Autónomos de la Comunidad
Valenciana y sus federaciones: Facpyme, Federación de Comercio -Pymec y
Unión Gremial, os informamos de las condiciones de la presente campaña del
Plan Renove de Electrodomésticos a la que ya pueden adherirse los
establecimientos interesados.

Beneficiarios
Se consideran beneficiarios de las ayudas todas las personas físicas y jurídicas de derecho privado y las instituciones sin ánimo de lucro residentes en la Comunitat Valenciana.

Actuaciones subvencionables
1. Se considera como actividad susceptible de ayuda, la adquisición de
aparatos electrodomésticos de clase A o superior que se realice para sustituir otros antiguos que tengan la misma función.
2. Los aparatos electrodomésticos eficientes objeto de estas ayudas tienen que tener como destino final su instalación dentro del territorio de la Comunitat Valenciana.
3. Sólo será subvencionable la compra, por cada beneficiario de un único
electrodoméstico de cada una de las familias de electrodomésticos señaladas (frigoríficos, lavavajillas, etc.) y siempre con la correspondiente sustitución del aparato antiguo por un nuevo aparato eficiente de clase A o superior.
4. Con el objeto de garantizar desde el punto de vista de eficiencia energética, la idoneidad de los electrodomésticos incentivados mediante la presente campaña, se establecerá una relación con las marcas y modelos
subvencionables que se encontrarán disponibles en la web siguiente:
www.idae.es

Plazo para adquirir los aparatos
La fecha de inicio de la campaña se publicará en el DOCV y tendrá una
duración máxima de 2 meses, o hasta el agotamiento de la cuantía económica
asignada a esta convocatoria.
Si tal circunstancia se produjera con anterioridad a la duración máxima
mencionada, se suspenderá la concesión de las ayudas mediante publicación
en el DOCV.

Procedimiento
La Agencia Valenciana de la Energía, para el desarrollo de las distintas
actuaciones que se tengan que acometer fruto de la presente resolución, podrá contratar los servicios externos que considere necesarios a través de los cauces establecido en la Ley 23/2007 de Contratos del Sector Público, de manera que en cuanto a recursos y medios disponibles se refiere, se garantice el correcto funcionamiento de la línea de ayudas, debiéndose realizar entre otras, las siguientes actuaciones:
a) Poner en marcha una oficina de campaña dotada de la adecuada centralita
de atención telefónica y los medios humanos e informáticos necesarios para
poder realizar el control y gestión de las ayudas.
b) Verificar, el cumplimiento y la efectividad de las condiciones establecidas para otorgar las subvenciones comprobando para ello los justificantes presentados.
Las ayudas objeto de esta campaña se canalizarán a través de los
establecimientos adheridos a la misma, que lo harán libremente y asumiendo
los compromisos establecidos.
Dichos establecimientos, desc ontarán del precio final de venta al público la cantidad establecida como ayuda para cada uno de los electrodomésticos vendidos que cumpla con los requisitos establecidos en esta campaña de ayudas.
Una vez realizada la venta, el establecimiento deberán cumplimentar un
impreso denominado «bono de ayuda» (anexo I), indicando en el mismo la
clave del aparato vendido y remitir junto con la documentación que se describe a continuación a la Agencia o servicio externo contratado en su caso, quien revisará cada uno de los expedientes.
Documentación a aportar
Únicamente se podrá solicitar la subvención una vez justificada suficientemente la realización de la actividad susceptible de ayuda, a cuyo efecto el establecimiento adherido a la campaña deberá presen tar en la oficina de campaña adscrita a este proyecto la siguiente documentación:
1. Duplicado o copia de la factura completa indicando:
– Marca, y modelo del aparato.
– Nombre y DNI del comprador.
– Nombre y CIF del comercio.
– El importe del descuento realizado.
– Fecha de la compra.
– Sello del comercio.
2. Bono normalizado, cuyo modelo figura como anexo I , donde se certifica
haber realizado el Plan Renove, es decir, haber retirado el antiguo aparato del mismo tipo al vendido. Dichos bonos serán facilitados por la Agencia Valenciana de la Energía y dispondrán una vez cumplimentados de un código de validación facilitado por la oficina de campaña previa solicitud del establecimiento adherido, que vinculará cada bono con un código individual e inequívoco que asociará cada venta con la ayuda.
Obligaciones de los beneficiarios que adquieran electrodomésticos
Los beneficiarios que adquieran algún aparato electrodoméstico objeto de las presentes ayudas están obligados a:
a) Poner a disposición del comercio par a su retirada un electrodoméstico usado de las mismas características del adquirido.
b) Justificar la correcta realización de la actividad en los términos que prevé esta resolución.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación que lleve a cabo la Agencia
Valenciana de la Energía, y a las actuaciones de control financiero que
corresponden a la Intervención General de la Generalitat y a la Sindicatura de Comptes, en relación con las subvenciones y ayudas concedidas.

Comercios colaboradores: adhesiones y obligaciones
1. Adhesiones
a) Los comercios interesados en participar y colaborar en la campaña de
ayudas deberán hacer entrega de la correspondiente ficha de adhesión previa al inicio de la campaña debidamente cumplimentada según modelo
normalizado que se publica como anexo III.
b) Las adhesiones podrán realizarse conjuntamente por parte de una cadena
de establecimientos, o una asociación de comercios, pero deberán en todo
caso incluirse la relación de los establecimientos que aglutina esa adhesión, así como los datos de estos comercios, incluyendo CIF y número de cuenta bancaria, a efectos de realizar los pagos de las ayudas.
c) Para obtener la adhesión definitiva a la campaña, los comercios que hayan formalizado su adhesión previa deberán participar, con representantes debidamente cualificados y acreditados (preferentemente los vendedores finales), en las charlas y cursos relativos a los contenidos de la campaña que convoque la Agencia Valenciana de la Energía.
d) La entrega del material necesario para el desarrollo de la campaña de
ayudas (bonos, folletos, carteles, procedimientos, etc.) se realizará en el transcurso de cualquiera de las diferentes convocatorias mencionadas en el apartado anterior.
e) El listado definitivo de comercios adheridos se pub licará en la página web de
la Agencia Valenciana de la Energía : www.aven.es
2. Obligaciones: Son obligaciones de los comercios adheridos:
a) Retirar los electrodomésticos sustituidos sin coste adicional para el
beneficiario final y tratar este residuo conforme a lo establecido en el Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos, electrónicos y la gestión de sus residuos. En este sentido, el comercio adherido deberá certificar la entrega del electrodoméstico para ser reciclado, de manera que una vez ejecutada la medida el número de equipos subvencionados sea igual al de entregados.
b) Realizar el descuento de la ayuda siempre en el momento de la venta y
entregar a los beneficiarios de las ayudas, el c orrespondiente cuerpo del bono de ayuda como justificante de la ayuda recibida, así como la factura original del aparato adquirido donde conste el descuento realizado en concepto de la ayuda
c) Utilizar fielmente la imagen de la campaña de comunicación establecida por la Agencia Valenciana de la Energía para el desarrollo de la misma, incluirla en todos los elementos promocionales de los comercios sin confundirla con otras promociones propias del establecimiento, identificando claramente en cada producto el precio del artículo antes de aplicar el descuento de la ayuda y una vez aplicada esta.
d) Colaborar activamente en la difusión y apoyo de los objetivos de la campaña
relativos a:
– Dar a conocer y difundir la existencia de la etiqueta energética de los
aparatos electrodomésticos en los establecimientos de venta.
– La sensibilización hacia el ahorro y la eficiencia energética.
– La venta de los tipos de aparatos electrodomésticos eficientes objeto de las
ayudas.
e) Participar a través de sus represe ntantes (preferiblemente vendedores) en las sesiones de formación/comunicación que se organicen por parte de la AVEN o en su nombre, en las que se explicará el contenido de la campaña y la finalidad de la misma.
f) Tramitar, cumplimentar y remitir a la Oficina de Campaña, los
correspondientes expedientes de ayudas según las condiciones que se
establecen en esta resolución.
g) Someterse a las actuaciones de control que lleve a cabo la Agencia
Valenciana de la Energía y a las actuaciones de control financiero que realicen la Intervención General de la Generalitat y la Sindicatura de Comptes.
Pueden consultar el texto íntegro de la Resolución en el apartado
‘Subvenciones’ del portal www.comerciodetuciudad.com

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